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Los acusados incurrieron en delitos de sabotaje y actos contra la seguridad del estado.

La Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de La Habana realizó el juicio oral y público correspondiente a la causa número cuatro de 2020, seguida por los delitos de sabotaje y otros actos contra la seguridad.

Comparecieron como acusados Miguel Ángel Rodríguez Batista, Yoandris Ortiz Meriño, Raidel Sánchez Mayedo, Joaquín Camejo Corrales y Lázaro Yerson Ramos Salín, por el descarrilamiento intencional del tren que cubre la ruta Mariel-Habana-Cárdenas.

A partir de las pruebas practicadas por el órgano judicial, quedó demostrado que el inculpado Rodríguez Batista, por mediación de Yasser Izquierdo Hernández, contactó con Luis Mario Vela Reyes, ambos cubanos residentes en Estados Unidos.

Este último le prometió la suma de mil dólares norteamericanos para que descarrilara alguno de los trenes que circulan por la vía férrea que enlaza el Mariel, provincia de Artemisa, con la capital del país.

El 25 de mayo de 2019, los cincos encartados se personaron en el kilómetro 14,750 de la línea férrea mencionada, y, mientras Ortiz Meriño observaba desde un lugar próximo, sus compinches en la fechoría desprendieron y separaron uno de los raíles.

El 19 de julio de ese propio año, el ciudadano Vela Reyes viajó a la isla caribeña y le entregó a Miguel Ángel Rodríguez Batista la suma de 500 pesos cubanos convertibles, ya que este no cumplió con la entrega de la filmación del suceso.

Por el delito de sabotaje, se impusieron a los encartados sanciones de entre 17 y 24 años de privación de libertad y, por el otro ilícito, al acusado Yoandris Ortiz Meriño, la pena de tres años de privación de libertad.

En todos los casos se impusieron las sanciones accesorias correspondientes, consistentes en prohibición de los derechos públicos y las restricciones migratorias, referidas a la emisión de pasaportes y salida del territorio nacional.

Contra la sentencia dictada, a los sancionados y a la fiscalía les asiste el derecho de establecer el recurso de casación, que la ley autoriza ante el Tribunal Supremo Popular, según precisa el reporte difundido por varios medios estatales cubanos.

Fuente/Foto: Cubadebate

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