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La medida del Banco Central de Cuba incluye efectivo y otros instrumentos de pago.

El Banco Central de Cuba (BCC) autorizó una normativa que regula, a las personas naturales, el límite de dinero en efectivo y de otros instrumentos de pago que pueden importar y exportar a la entrada y salida del territorio nacional.

La sumas no debe exceder los cinco mil pesos cubanos en efectivo, cheques, letras de cambio, pagarés u otros formas de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional, según la información publicada en la Gaceta Oficial.

Además define la información que la importación y exportación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanos con carácter numismático o patrimonial, están sometidas a las regulaciones específicas dictadas al efecto.

Igualmente prohíbe la entrada y salida de pesos cubanos en efectivo como envío por la vía postal, aérea y marítima, en cualquier denominación u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional.

Resalta además que a las personas naturales que incumplan lo dispuesto en la presente Resolución, se les aplica la sanción de decomiso, de conformidad con lo previsto en la legislación aduanera, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar

Fuente: ACN

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